{"id":7879,"date":"2026-01-24T14:13:12","date_gmt":"2026-01-24T21:13:12","guid":{"rendered":"https:\/\/periodistas2027.com\/?p=7879"},"modified":"2026-01-24T14:13:12","modified_gmt":"2026-01-24T21:13:12","slug":"bumeran-jubilados-de-la-uaslitigan-contra-la-jubilacion-dinamica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/proyectoz.com.mx\/index.php\/2026\/01\/24\/bumeran-jubilados-de-la-uaslitigan-contra-la-jubilacion-dinamica\/","title":{"rendered":"Bumer\u00e1n: jubilados de la UAS\u201clitigan\u201d contra la jubilaci\u00f3n din\u00e1mica"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>Jaziel Trasvi\u00f1a Osorio<\/em><\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El fen\u00f3meno del boomerang o efecto bumer\u00e1n describe situaciones en las que una acci\u00f3n o intenci\u00f3n -generalmente negativa o agresiva- se vuelve contra su emisor con consecuencias indeseadas. Pues s\u00ed: los universitarios pensionados por el Instituto Mexicano del Seguro Social -IMSS- que rechazan aportar a la instituci\u00f3n bajo el argumento de defender un \u201cderecho adquirido\u201d, impulsan un mecanismo que raya en lo legaloide que puede terminar suprimiendo para todos ese \u201cderecho\u201d: la jubilaci\u00f3n din\u00e1mica o universitaria. En efecto: los litigios que se avecinan promoviendo la no contribuci\u00f3n al rescate financiero de la Casa Rosalina obligar\u00e1n a la Suprema Corte de Justicia a desaparecer la jubilaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><br>Para nadie es desconocido que la Universidad Aut\u00f3noma de Sinaloa enfrenta una encrucijada hist\u00f3rica, una crisis severa derivada, de acuerdo a las auditorias forenses y de un estudio actuarial desarrollado por la Subsecretar\u00eda de Educaci\u00f3n Superior del gobierno federal del pago, sin soporte financiero, sin subsidio o presupuesto gubernamental del viejo o tradicional esquema jubilatorio. Se sabe tambi\u00e9n que la Reingenier\u00eda Integral no es un capricho, ni un ajuste cosm\u00e9tico; es la \u00fanica salida viable frente al colapso financiero. Aun as\u00ed, persisten voces opositoras que no buscan defender a los trabajadores ni asegurar los derechos del gremio universitario, sino proteger privilegios y mercantilizar litigios para beneficio propio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><br>No es exageraci\u00f3n ni teor\u00eda conspirativa. Los mismos grupos de jubilados que hicieron a\u00f1icos el anterior Fideicomiso de Jubilaci\u00f3n mediante una resoluci\u00f3n de un Tribunal Colegiado, no de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n, dejando a la Universidad sin la \u00fanica herramienta financiera con capacidad de sostener la llamada jubilaci\u00f3n din\u00e1mica. Aquel fondo, que durante a\u00f1os funcion\u00f3 como columna vertebral del sistema de pensiones fue desmantelado por demandas laborales que buscaron ganancias econ\u00f3micas inmediatas, sin medir sus efectos a largo plazo. El resultado fue la eliminaci\u00f3n de la jubilaci\u00f3n para el personal de nuevo ingreso y la actual crisis estructural que estamos viviendo. Hoy, el escenario es peor: podr\u00edan sepultar la jubilaci\u00f3n para siempre.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><br>El entorno jur\u00eddico-legal hoy es diferente. Aquel fallo del Tribunal Colegiado no tiene validez: la Corte Federal lo inhabilit\u00f3 emitiendo sentencias que obligan a los trabajadores a aportar a Fondos o Fideicomisos para conservar jubilaciones extralegales y, lo que es peor, est\u00e1 suprimiendo las dobles jubilaciones, para que quienes reciban una pensi\u00f3n-jubilaci\u00f3n del IMSS no puedan gozar de otra. Sin embargo, a pesar de los fallos de la Suprema Corte y a pesar de la evidencia nacional e internacional -la necesidad urgente de reformar el sistema de pensiones universitarias en todo el pa\u00eds-, estos grupos se oponen a todo: a la Reingenier\u00eda Integral, al nuevo Fideicomiso, a aportar cuotas o que se le deduzca un 5, 10, 15 o 20 por ciento de su jubilaci\u00f3n, lo cual es necesario para que se les pueda seguir entregando la prestaci\u00f3n. La postura es y peligrosamente destructiva.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><br>Porque si estos litigios escalan y llegan hasta la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n, la consecuencia podr\u00eda ser la eliminaci\u00f3n total de la jubilaci\u00f3n din\u00e1mica. Esta amenaza no es especulativa: existen precedentes recientes y contundentes donde la propia SCJN ha decidido que derechos prestacionales similares no pueden coexistir bajo criterios de doble beneficio. Un ejemplo claro se dio con los trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). En una decisi\u00f3n de la Segunda Sala de la SCJN, emitida como parte del Amparo Directo en Revisi\u00f3n 5192\/2024 el 2 de octubre de 2024, se estableci\u00f3 que los trabajadores que ya reciben una jubilaci\u00f3n contractual bajo el R\u00e9gimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) del IMSS no pueden recibir simult\u00e1neamente una pensi\u00f3n por vejez o cesant\u00eda amparada en la Ley del Seguro Social, aun cuando hubieran cotizado semanas con otro patr\u00f3n. Esta resoluci\u00f3n puso fin al cobro de lo que se conoc\u00eda como \u201cdoble pensi\u00f3n\u201d para estos extrabajadores.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><br>El fundamento de la Corte fue expl\u00edcito: el r\u00e9gimen contractual de jubilaci\u00f3n del IMSS ya integra beneficios equivalentes o superiores a los contemplados por la legislaci\u00f3n general, por lo que otorgar dos prestaciones por el mismo riesgo social se consider\u00f3 injustificado e incompatible con el orden jur\u00eddico. <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta decisi\u00f3n, ahora convertida en criterio obligatorio, no solo impact\u00f3 a jubilados e instituciones del sector salud, sino que mand\u00f3 una se\u00f1al clara sobre c\u00f3mo se interpreta la protecci\u00f3n de prestaciones cuando estas se consideran prestaciones \u201cextralegales\u201d o de r\u00e9gimen especial. Y es precisamente en ese terreno donde se ubica la disputa en torno al fideicomiso de la UAS: si se define que la jubilaci\u00f3n din\u00e1mica es una prestaci\u00f3n fuera de la ley general, la puerta para invalidarla queda abierta, dejando sin efecto no solo su vigencia futura, sino incluso su existencia actual.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><br>No hay entonces excusas v\u00e1lidas para esta cerraz\u00f3n. Lo que amenaza a los jubilados de la UAS hoy no es una reforma administrativa, sino una l\u00f3gica de litigio oportunista que puede destruir conquistas sociales enteras. Si permitimos que intereses particulares prevalezcan sobre el bienestar colectivo, la historia universitaria de Sinaloa estar\u00e1 marcada para siempre no por la defensa de la educaci\u00f3n y sus trabajadores, sino por la codicia que sacrific\u00f3 su futuro.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Jaziel Trasvi\u00f1a Osorio. 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